Nueva Ordenanza del Ayuntamiento de Madrid de Limpieza de los Espacios Públicos y Economía Circular

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Nueva Ordenanza del Ayuntamiento de Madrid de Limpieza de los Espacios Públicos y Economía Circular

La Nueva Ordenanza del Ayuntamiento de Madrid de Limpieza de los Espacios Públicos y Economía Circular ya está en vigor. Siempre hemos insistido en que la normativa con respecto a la gestión de residuos es cada vez más exigente y aquí tienes una muestra. Esta nueva norma reguladora es realmente importante, ya que afecta a quienes generan los residuos, pero también a todos aquellos encargados de recogerlos y transportarlos para darles el tratamiento correcto. Como ves, esto afecta directamente al trabajo que realizamos en Arcecon Recuperaciones y queremos hacerte un resumen de los puntos más importantes con los que hay que cumplir.

Cambios con la Nueva Ordenanza del Ayuntamiento de Madrid de Limpieza de los Espacios Públicos y Economía Circular  

Para comenzar a detallar algunos de los cambios que supone la Nueva Ordenanza del Ayuntamiento de Madrid de Limpieza de los Espacios Públicos y Economía Circular, lo primero que queremos destacar es que, para garantizar la correcta gestión de residuos, el productor del mismo, así como la empresa encargada de gestionarlo en la recogida y transporte deberán estar identificados. Además, el productor del residuo tendrá que comunicar a la empresa encargada de la recogida y transporte del mismo la ubicación exacta. Además, dejará constancia documental de este hecho. 

El productor de RCD, por otro lado, será especialmente cauto a la hora de evitar mezclar distintos tipos de residuos, prestando especial atención a los peligrosos. Los contenedores de RCD, además, son exclusivamente para ellos, ya que en el mismo no podrá haber domésticos, aparatos eléctricos y electrónicos, pinturas o diferentes materiales que puedan explotar o sean inflamables. Además, dichos contenedores deberán ser instalados en la zona de aparcamiento de la calzada, sin sobresalir del espacio que forman los vehículos bien estacionados. Será necesario avisar al ayuntamiento a través de su página web mediante la solicitud del Permiso de Ocupación de Vía Pública para Contenedor con una antelación de 2 días hábiles, que serán 10 en caso de querer su instalación en la acera, espacios donde no se pueda estacionar o en aquellos reservados para solo estacionamiento. 

Los contenedores no pueden gozar de añadidos por otros medios y, además, no pueden ser trasladados si existe un exceso de carga. En caso de que sea así, la empresa o particular productor del residuo, está obligado a solicitar otro contenedor para depositar el material de exceso del primer contenedor y dejar la calle limpia de escombros o residuos. Si la calle tiene que ser limpiada por culpa de los materiales que excedían la capacidad del contenedor, el ayuntamiento podrá pasar el importe de este trabajo al productor del residuo. 

Por otro lado, el productor del residuo debe tapar el contenedor desde las 20 horas hasta las 8 horas con un sistema que garantice que no se pueda depositar nada en el mismo. También confirmará que el contenedor se ve con facilidad durante la noche. Estos contenedores, en caso de que proceda, no podrán ser instalados durante fines de semana, días festivos o en las zonas en las que haya eventos públicos, avisando de estas con suficiente previsión.      

No cumplir con algunos de estos puntos de la Nueva Ordenanza del Ayuntamiento de Madrid de Limpieza de los Espacios Públicos y Economía Circular puede generar sanciones que pueden llegar hasta los 1.500 euros, con lo que la gestión de residuos debe ser óptima.

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